El Supremo falla a favor de las empresas que podrán utilizar datos de usuarios sin consentimiento

El tribunal Supremo ha dado una sentencia que ha creado polémica, donde permite a las empresas el uso de los datos personales de usuarios sin necesidad del permiso escrito que era necesario hasta ahora.

Descripción:

Según la sentencia será lícito en aquellos casos que las empresas destinen los datos a fines legítimos. De esta forma ha dado la razón a la patronal de comercio digital, que desde que salió la Ley Orgánica de Protección de Datos están impugnando varios de los artículos de esta ley del 2007.

La demanda se hizo en 2008 por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo por considerar que la regulación española en materia de protección de datos era más restrictiva que la europea. Contra esta demanda se opusieron entre otros la Asociación de Usuarios de la Comunicación apoyados por el Abogado del Estado y la UGT.

Así la sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, mediante esta sentencia anula el artículo 10.2.b) del Real Decreto, en cual se estipulaba la necesidad de un consentimiento de los usuarios, que previamente a que las empresas usaran sus datos personales tenía que remitirlo por escrito expresamente. Los datos a los que se puede hacer uso son aquellos que sean extraídos de fuentes accesibles al público, como números de teléfonos, direcciones postales o correos electrónicos.

La sentencia viene avalada por la directiva europea de Protección de Datos, la cual permite el uso por parte de empresas de la información de usuarios que contengan datos inscritos en fuentes accesibles al público, sin que estos tenga que dar un consentimiento expreso para el uso que hagan las empresas de esa información.

Para llegar a esta sentencia el Supremo remitió una consulta prejudicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para así saber si el estado español vulneraba la ley europea con la exigencia de pedir el consentimiento previo. Así este tribunal señalo que las empresas pueden utilizar la información que los usuarios tengan en fuentes accesibles para todo el público, las empresas son las legítimas responsables que se haga de esa información y de la protecciones de los derechos fundamentales de los particulares.

La primera reacción ha sido por parte de la Asociación Española de la Economía Digital, que integra a más de 550 empresas, que ha dicho que a partir de ahora la Agencia Española de Protección de Datos deberá aplicar la ley europea de Protección de Datos. Por la que es legítimo el uso de los datos de los usuarios para utilizarlos, y que serán casos aislados en los que no se pueda por la violación de derechos fundamentales de los particulares.

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